La documentación que hay que llevar a la notaría

Pilar Berral, Notaria del Ilustre Colegio de Notarios de Murcia, responde a unas de las cuestiones más  habituales que se plantean, tanto compradores como vendedores de vivienda, cuando tienen que ir a la Notaria a firmar la compraventa.

Para la comprobación de que la operación es legal y cumple con todos los requisitos para formalizar la transacción inmobiliaria, es necesario que ambas partes lleven:

  • El documento de identidad original y vigente (DNI) o permiso de residencia; para no residentes, el pasaporte o carta de identidad de su país de origen, número de identificación de extranjeros (NIE),
  • En caso de representar a otra persona física, el documento acreditativo, con original del poder. En caso de personas jurídicas, el documento de Constitución, el nombramiento como apoderado del representante y el Acta de titularidad real.

En el caso del propietario que vende su propiedad:

  • El título de propiedad,
  • Copia autorizada de la escritura,
  • El último recibo de la contribución, para el certificado de pagos con el Ayuntamiento,
  • Certificado de la Comunidad de Propietarios, acreditativo de estar al corriente de todas las cuotas,
  • Cédula de Habitabilidad de la Finca,
  • Boletines de Agua y Luz,
  • Certificado de Eficiencia Energética,
  • Certificado de existencia de Carga sobre la Finca que repercuta al comprador

El comprador debe aportar la siguiente documentación:

  • Acreditar medio de pago que vaya a utilizar, con la cuenta de cargo de los pagos,
  • Documentación para la financiación de compra,
  • Documentos cuando interviene una persona jurídica especial, como una Cooperativa.

Para cualquier duda, consultadnos, estaremos encantado de asesorarte,

Jose Ignacio Rubí

Inmobiliaria TorresRubí

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