¿Cuánto cuesta vender una vivienda en Vallecas? ¿Qué gastos tiene?

Cuando se vende una vivienda intervienen dos partes, quien vende su casa y quien la compra y ambos deben asumir algunos gastos.

Siempre se habla de los gastos que supone para el comprador adquirir una casa, pero, ¿y el vendedor?

Los gastos de los que se tiene que hacer cargo el vendedor son la plusvalía estatal (IRPF), el impuesto o plusvalía municipal, la cancelación de la hipoteca, las cargas que existen  sobre la vivienda y los gastos de notaría.

A continuación, te explicamos cuales son los gastos de los que debe hacerse cargo el vendedor.

La plusvalía (IRPF)

Los propietarios que vendan un inmueble están sujetos a tributar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. En el caso de no ser residentes españoles están sujetos al Impuesto sobre la Renta de no Residentes.

Esta ganancia se calcula entre el valor al que se vende la vivienda y el valor al que se compró, actualizando mediante un coeficiente estipulado en función del año de compra del inmueble.

El porcentaje que se deberá tributar depende de la cantidad de ganancia patrimonial. La mayor tributación posible es del 23,5% a partir de una ganancia de más de 50.000€.

Si la vivienda se vende por un precio inferior al que se compró no deberá tributarse.

Plusvalía Municipal

El Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTU). Es un impuesto poco conocido, sin embargo, está presente en todas las ventas de viviendas.

Se pasa en el Ayuntamiento en el que está ubicada la vivienda en un plazo de 30 días hábiles posteriores a la firma de la venta.

Únicamente se abona cuando existen ganancias patrimoniales, según la sentencia del 11 de mayo de 2017 del Tribunal Constitucional.

Gastos de notaría

Los gastos de notaría relativos a la compraventa los suele abonar el comprador, pero si el vendedor tiene una hipoteca que grava sobre la vivienda tendrá que proceder a su cancelación, tanto en el banco como en el Registro de la Propiedad. Estos gastos los debe asumir el vendedor.

Certificado energético

Desde la entrada en vigor del Real Decreto 235/13 del 5 de abril es obligatorio contar con el certificado de eficiencia energética cuando se va a poner a la venta la vivienda, no cuando la hayamos vendido. Este certificado suele costar unos 80 euros.

Otros gastos

Para vender una vivienda necesitaras el certificado de estar al corriente de pago de la comunidad de vecinos y del recibo del IBI que corresponde pagarlo a quien a 1 de enero sea propietario de dicho inmueble.

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